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Elecciones 2017: No habrá boleta electrónica en las PASO ni en las generales en la Ciudad

boleta electronica

Resulta a causa de la unificación y simultaneidad de la elección local con la nacional. Garantiza a los 30.000 extranjeros residentes en la Ciudad de Buenos Aires el ejercicio del derecho al sufragio en igualdad de condiciones con los ciudadanos argentinos sin hacer diferencias entre aquellos inscriptos en el Registro Nacional de Electores y el Registro de Electores Extranjeros porteño.

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó hoy la norma que suspende la aplicación del Anexo B: Régimen Normativo de Boleta Única y Tecnologías Electrónicas de la Ley N° 4.894 en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias -PASO- previstas para el domingo 13 de agosto próximo y en la Elección General a celebrarse el domingo 22 de octubre también de 2017, convocadas por el Decreto N° 158/17, en las mesas de votación de electores/as incluidos/as en el padrón electoral de extranjeros/as contemplado por la Ley N° 334 conforme la consolidación de la Ley N° 5566.

Además, por el artículo 2° estableció que "serán de aplicación las disposiciones previstas en el Código Electoral Nacional vigente en el orden nacional aprobado por Ley N° 19.945 (t.o. Decreto N° 2.135/FEN/83) y sus leyes complementarias y modificatorias, en reemplazo de la normativa suspendida".

Los fundamentos del despacho de la Comisión de Asuntos Constitucionales expuestos en el recinto por el diputado Clodomiro Risau (PRO), coincidentes con el Mensaje al cuerpo parlamentario enviado por Horacio Rodríguez Larreta el miércoles 10 de mayo de 2017, mencionan que "el artículo 7° del Anexo A de la Ley N° 4.894 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) dispone que la convocatoria a elecciones primarias la realizará el Jefe de Gobierno al menos 90 días corridos antes de su realización y le permite asimismo adherir a la simultaneidad prevista en la Ley Nacional N° 15.262 y el artículo 46 de la Ley Nacional N°26.571, con excepción de lo previsto en la Ley N° 875".

"En ese marco, el Poder Ejecutivo convocó por Decreto N° 158/17 al electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a Elecciones PASO para el 13 de agosto de 2017 y a la Elección General para el 22 de octubre de 2017, a fin de elegir a los 30 Diputados/as titulares y 10 Diputados/as suplentes que integrarán el Poder Legislativo" porteño.

Asimismo, dicho Decreto dispuso que la Ciudad realizará las elecciones primarias y general, en forma simultánea con las elecciones nacionales, con las mismas autoridades de comicios y de escrutinio, conforme lo previsto en el régimen de simultaneidad de elecciones que contempla la Ley Nacional N° 15.262, su Decreto reglamentario, y en el artículo 46 de la Ley Nacional N° 26.571.

Se argumentó que "en este sentido, la convocatoria del Poder Ejecutivo se ha realizado compartiendo el criterio en el cual se inspira la habilitación contenida en el artículo 7°, Anexo A, de la Ley N° 4.894, entendiendo a la simultaneidad de elecciones de diferentes niveles de gobierno como un régimen que optimiza la eficiencia de los recursos destinados a la organización de los actos electorales y reduce la cantidad de recursos que las agrupaciones políticas deben destinar para la campaña electoral, garantizando la plenitud de los derechos de los electores sin complejizar el acto de sufragio".

Fuente: Legislatura porteña