Declaran nula la audiencia pública virtual por el remate de la ex Sede Comunal 12
Así lo resolvió el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.° 2, Andrés Gallardo, la audiencia se realizó como parte del proceso de una ley de doble lectura para rematar distintos inmuebles de la Ciudad, entre los que se ecuentra también el predio de Galván 3463. La medida fue dispuesta por un amparo judicial que interpuso el Observatorio del Derecho de la Ciudad, la Cátedra de Ingenería Comunitaria y el Instituto de Pensamiento y Políticas Púbicas.
"El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.° 2, Andrés Gallardo, resolvió rechazar los planteos de nulidad impulsados por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires; tener por incumplida la medida cautelar; y declarar la nulidad de la audiencia pública celebrada el 12 de agosto de 2020 a las 11 en el marco del expediente n.° 2924-J-2019." informaron hoy desde el portal del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. El magistrado también reiteró la orden de suspensión dispuesta para las ya convocadas hasta el próximo 7 de setiembre.
Los abogados patrocinantes de los amparistas (Observatorio del Derecho de la Ciudad, la Cátedra de Ingenería Comunitaria y el Instituto de Pensamiento y Políticas Púbicas), Jonathan Baldiviezoy el Dr. Alejo Caivano, solicitaron la nulidad de la audiencia virtual fundamentando que no todos los ciudadanos tienen acceso a internet, y que se debe hacer de forma presencial con el protocolo correspondiente para esta situación de pandemia.
El 5 de diciembre de 2019, la Legislatura porteña sancionó la ley que habilita la venta de distintos inmuebles de dominio público de la Ciudad de Buenos Aires, entre los que se encuentra la ex Sede Comunal 12 de la calle Miller 2751 y el predio de Galván 3463. La norma es de doble lectura (se vota dos veces) y se debía realizar audiencias públicas (no vinculantes) convocando a la ciudadanía.
El miércoles 12 de agosto, se realizó, por medios temáticos, la audiencia pública por dichas subastas. Pese a que desde el Observatorio de la Ciudad había presentado un amparo judicial, la misma se llevó adelante de igual forma y hubo polémica.
Gallardo en su fallo agregó que "en el plazo de dos (2) días –a contar desde la notificación que se le hace de la presente– comunique en su sitio web la suspensión de las audiencias estipuladas en los expedientes n.° 2920-J-2019 para el 24/8/20 a las 14 hs., n.° 2888-D-2019 para el 26/8/20 a las 14 hs., n.° 2289-J-2019 para el 31/8/20 a las 13 hs. y n.° 2850-J-2019 para el 7/9/20 a las 14 hs; poniendo en conocimiento de ello en particular a todas las personas que ya se encuentren inscriptas para su concurrencia".
Además "que en el plazo de dos (2) días –a contar desde la notificación que se le hace de la presente– comunique en su sitio web la suspensión de las audiencias estipuladas en los expedientes n.° 2920-J-2019 para el 24/8/20 a las 14 hs., n.° 2888-D-2019 para el 26/8/20 a las 14 hs., n.° 2289-J-2019 para el 31/8/20 a las 13 hs. y n.° 2850-J-2019 para el 7/9/20 a las 14 hs; poniendo en conocimiento de ello en particular a todas las personas que ya se encuentren inscriptas para su concurrencia".
Y por último, "remitir una copia al Fuero Penal Contravencional y de Faltas de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que «se investigue la posible comisión del delito de desobediencia previsto en el artículo 239 del Código Penal de la Nación». Todo ello en el marco de la causa «Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y Otros contra GCBA sobre Amparo – Otros», Expediente n.° 5660/2020-0." Fuente: Ijudicial
