¿Cómo funciona el recargo del 30% en los pasajes?

Autoridades del Turismo presentaron un comunicado para aclararles ciertas cuestiones a los viajeros. Hubo consenso entre las empresas, Gobierno y AFIP.
Inmersos en plena etapa de vacaciones, muchas son las dudas que se han generado en torno a la famosa y reciente medida del Gobierno Nacional. Por lo tanto, la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo informó a quiénes aplica la normativa.
Detalle de los puntos del comunicado:
1- Las operaciones concretadas antes del 23 de diciembre no se encuentran alcanzadas. Tampoco los saldos impagos correspondientes a esas operaciones, en la medida que no se hayan efectuado cobranzas con anterioridad al 23/12 de 2019.
2- Sobre las operaciones concretadas a partir del 23/12 de 2019 sí corresponderá aplicar la percepción del 30%.
3- El impuesto se aplicará solo a las operaciones realizadas con residentes. No procederá en el caso de no residentes.
4- Se aplicará solo sobre las cobranzas efectuadas en pesos cualquiera resulte el medio de pago. No procederá cuando se cobre en moneda extranjera. Cuando de se cobre en pesos y en moneda extranjera se aplicará sobre la parte de pesos.
5- Se aplicará sobre el importe neto de los servicios en el exterior (no computables ley de IVA) incluidos en la operación pertinente.
6- Cuando en la operación se incluyan servicios de transporte internacional, el agente de viajes deberá cobrar la percepción discriminada en la factura o documento equivalente emitida por el transportador que es el responsable de esa percepción.
7- Las percepciones realizadas por el agente de viajes deberán ingresar al fisco a través del SICORE (el sistema de control de retenciones de AFIP)
8- Operaciones en cuotas: La percepción se aplicará en cada cuota.
9- Por las percepciones no efectuadas o realizadas en defecto, el adquirente deberá ingresarlas a la AFIP directamente al fisco.
10- Por las percepciones efectuados en exceso o en los casos que no corresponda, el agente de percepción deberá reintegrarla al adquirente.